En una maniobra que redefine la gestión del espacio aéreo de baja altitud, la Administración Federal de Aviación (FAA) de Estados Unidos ha implementado una directiva de seguridad que establece un perímetro de exclusión aérea dinámico y móvil para sistemas aéreos no tripulados (UAS), afectando directamente las operaciones de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) y otras agencias del Departamento de Seguridad Nacional (DHS).
La notificación, designada como NOTAM FDC 6/4375, impone una restricción estricta: ningún UAS podrá operar a menos de 3,000 pies lateralmente y 1,000 pies verticalmente de las instalaciones móviles y terrestres del DHS, incluyendo convoyes de vehículos utilizados en acciones de campo.
Lo más disruptivo de esta medida es su naturaleza continua y móvil. A diferencia de las Restricciones Temporales de Vuelo (TFR) tradicionales, que se definen por coordenadas geográficas y horarios fijos, esta nueva zona de exclusión se desplaza con las unidades de ICE y DHS. Esto significa que un dron operando legalmente en un espacio público podría infringir inadvertidamente la normativa si un convoy gubernamental pasa cerca.
La FAA califica este espacio restringido como de “defensa nacional”, invocando su autoridad bajo estatutos federales de seguridad. Las consecuencias para los operadores infractores son severas, incluyendo enjuiciamiento penal, sanciones civiles y la revocación de privilegios de vuelo. Además, el aviso advierte que los drones considerados una amenaza creíble pueden ser interceptados, incautados, dañados o destruidos.
Esta actualización normativa, que reemplaza una directiva anterior menos específica, elimina la ambigüedad al aplicarse explícitamente a activos móviles. Sin embargo, esta claridad técnica genera una opacidad operativa significativa para los pilotos de drones civiles y grupos de defensa de libertades civiles. Dado que la FAA no publica el rastreo de movimientos del DHS, los operadores carecen de un mecanismo en tiempo real para determinar si están cerca de un activo protegido. La instrucción general de la FAA es “ejercer precaución”, una guía vaga ante un riesgo invisible.
Existen excepciones limitadas para misiones de apoyo directo a defensa nacional, respuesta a desastres o labores de extinción de incendios, siempre que se coordinen previamente con las agencias correspondientes. No obstante, para el ecosistema de la aviación no tripulada, esta directiva establece un precedente preocupante: la creación de vastas y cambiantes zonas de exclusión aérea dictadas por operaciones gubernamentales no divulgadas públicamente.
Fuente: Adaptado de información publicada originalmente por aerotime.aero.